Deducción por acogimiento de familias ucranianas. Deducciones Autonómicas en el IRPF. Aragón.

Por acogimiento de personas o familias ucranianas desplazadas con motivo del conflicto armado. Aragón 2023



Los contribuyentes que acojan a personas o familias desplazadas de Ucrania por motivo del conflicto armado, tendrán derecho a la aplicación de una deducción en su cuota íntegra por un importe de 300 Euros por persona acogida, con el límite máximo de 1.000 euros.

Requisitos para la aplicacion de la deduccion


    Esta deduccion sera aplicable cuando se cumplan los requisitos y condiciones que a continuacion se indican, exigibles tanto al contribuyente como a las personas en situacion de acogimiento:
  1. Requisitos que debe cumplir el contribuyente:

    1. Tener en situacion de acogimiento, a titulo particular personas o familias desplazadas desde Ucrania como consecuencia del conflicto armado en su pais, o personas que hayan obtenido el correspondiente estatuto de refugiado por el mismo motivo.

    2. Las personas objeto de acogimiento deberan estar incluidas en el ambito de aplicacion del Real Decreto 1325/2003, y haber obtenido el reconocimiento de la proteccion temporal conforme al procedimiento establecido en la Orden PCM/169/2022.

    3. En todo caso, tendran esta consideracion los menores no acompañados en regimen de acogimiento familiar temporal.

    4. La aplicacion de esta deduccion requiere la obtencion de un certificado del organo competente en la gestion y el control de estas acogidas, en el que conste el numero de personas acogidas y la duracion de la acogida, de acuerdo con lo que disponga el Ministerio de Inclusion, Seguridad Social y Migraciones.

  2. Requisitos que debe cumplir las personas en acogimiento:

    1. Que convivan con el contribuyente al menos durante cuatro meses del periodo impositivo.

    2. Que en el ejercicio 2022 no tenga rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros, y no guarde una relacion de parentesco por consanguinidad o afinidad de hasta el segundo grado con el contribuyente.

    3. Cuando dos o mas contribuyentes tengan derecho a la aplicacion de esta deduccion respecto a las mismas personas acogidas, su importe y su limite se prorratearan por partes iguales.

    
Esta deducción solo resultará de aplicación en los períodos impositivos 2022 y 2023.

Siguiente: Deducción Murcia. Por conciliación.

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos