Amortización de la Actualización de Balances según Ley 16/2012

Amortización de la Actualización de Balances según Ley 16/2012.



    El incremento neto de valor resultante de las operaciones de actualización se amortizará, con efectos fiscales, a partir del primer periodo impositivo que se inicie a partir del día 1 de enero de 2015, durante aquellos años que queden para completar la vida útil del elemento patrimonial, en los mismos términos que corresponde a las renovaciones, ampliaciones o mejoras.

Siguiente: Consulta nº 5 del BOICAC nº 92 de Diciembre de 2012. Actualización de Balances.

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