Consulta nº 4 del BOICAC nº 142 / Junio 2025. Plazo para formular cuentas anuales consolidadas si dependientes tienen domicilio en municipios con DANA
BOICAC Nº 142 / 2025 - Consulta 4
CONSULTA:
Sobre el plazo para formular cuentas anuales consolidadas si algunas de las sociedades dependientes tiene su domicilio social en municipios afectados por la DANA.
RESPUESTA:
La sociedad consultante pregunta si, de acuerdo con lo establecido en el apartado 3 del artículo 33 del Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el marco del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, la suspensión del plazo de formulación de las cuentas anuales consolidadas sería aplicable en el caso de que la sociedad dominante del grupo no estuviera domiciliada en alguno de los municipios afectados por la DANA, pero sí lo estuvieran algunas de las sociedades dependientes integrantes del grupo.El preámbulo del mencionado Real Decreto-Ley explica que "se establecen medidas en el ámbito societario, que tratan de atenuar temporal y excepcionalmente las consecuencias que tendría la aplicación en las actuales circunstancias de las normas generales sobre trámites y plazos para la formulación y aprobación de las cuentas anuales (...)".En concreto, el artículo 33 del Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre, establece medidas extraordinarias aplicables a las personas jurídicas de Derecho privado, con el siguiente literal en su apartado 3 (énfasis añadido):
"3. La obligación de formular las cuentas anuales, ordinarias o abreviadas, individuales o consolidadas, en el plazo de tres meses a contar desde el cierre del ejercicio social que incumbe al órgano de gobierno o administración de una persona jurídica, y, cuando fuere legalmente exigible, el informe de gestión y demás documentos exigibles según la legislación de sociedades, siempre que su domicilio se encuentre en cualquiera de los municipios del anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, queda suspendida hasta el 30 de junio de 2025, reanudándose de nuevo por otros tres meses a contar desde esa fecha. No obstante, lo anterior, será válida la formulación de las cuentas que realice el órgano de gobierno o administración de una persona jurídica antes de dicho plazo, pudiendo igualmente realizar su verificación contable dentro del plazo legalmente previsto o acogiéndose a la prórroga prevista en el apartado siguiente."
Este Instituto carece de competencias para interpretar aspectos de índole mercantil distintos a los estrictamente contables, pero a la vista del literal de la norma que se ha transcrito, se observa que la suspensión de la obligación de formular las cuentas anuales consolidadas hasta el 30 de junio de 2025 se aplica a las personas jurídicas cuyo domicilio social se encuentre dentro del listado de los municipios afectados por la DANA, recogido en el anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, reanudándose el plazo por otros tres meses a contar desde esa fecha.Sin embargo, en el caso de un grupo de sociedades que deba formular cuentas anuales consolidadas, la normativa no especifica expresamente si la suspensión también resultaría de aplicación cuando algunas de las sociedades dependientes tienen su domicilio en los municipios afectados por la DANA, pero la sociedad dominante del grupo no.
De acuerdo con el artículo 42 del Código de Comercio, la obligación de formular las cuentas consolidadas recae en la sociedad dominante del grupo de sociedades. No obstante, si bien la literalidad del artículo 33 del Real Decreto-ley vincula la suspensión al domicilio social de la persona jurídica obligada a formular las cuentas anuales, teniendo en cuenta el carácter finalista de la norma parece lógico entender que en el caso mencionado en la consulta -en el que algunas de las sociedades dependientes que se integran en el grupo están domiciliadas en los municipios recogidos en el citado anexo del Real Decreto-ley 6/2024 y suponen componentes muy significativos en las mencionadas cuentas anuales consolidadas- pueda aplicarse la suspensión para la formulación de las cuentas anuales consolidadas.
En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
pero solo SuperContable te lo ofrece BIEN EXPLICADO.
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.
Comparte sólo esta página:
Síguenos
Las cookies permiten analizar su navegación en nuestro sitio para elaborar y mostrarte los contenidos más adecuados en cada momento.
Haz clic en "Aceptar todas las cookies" para seguir disfrutando de nuestro sitio web con todas las cookies, o haz clic en "Configuración de cookies" para gestionar tus preferencias.
Puede ampliar información y modificar sus preferencias acerca de esta privacidad aquí.
Usamos el menor número posible de cookies para que el sitio web funcione, pero estimamos conveniente utilizar otras. Haciendo click en "Aceptar todas las cookies" aceptas que guardemos otras cookies no estrictamente necesarias con el objetivo de mejorar tu navegación en el sitio. Así podríamos analizar el uso del sitio, de manera colectiva, para mostrarte los contenidos más actuales y relevantes. También es posible, que la publicidad que visualices sea lo más personalizada posible. Puedes hacer click en "Configuración de cookies" para obtener más información y elegir qué cookies quieres que guardemos. Para más información puedes ver nuestra política de privacidad.
Son cookies necesarias para el correcto funcionamiento de nuestro sitio web. Se usan para que tengas una mejor experiencia usando nuestros servicios. Puedes desactivar estas cookies cambiando la configuración de tu navegador. Información de las cookies
NombreCONS
Huéspedsupercontable.com
TipoPropia
Duración3 meses
InformaciónAcerca del consentimiento de las cookies.
Estas cookies nos permiten contar las visitas a los contenidos de nuestro sitio y cuando se realizaron. Esta información se trata en conjunto para toda la página, nunca a nivel individual. Nos permite saber qué contenidos son más atractivos para el público y elaborar contenidos nuevos lo más interesantes posible. Información de las cookies
Son cookies colocadas por nuestros socios publicitarios. Intentan mostrarte publicidad acorde a tus intereses. Si desactiva estas cookies no tendrá menos publicidad, sino que será menos personalizada. Información de las cookies