Plan Contable
836TRANSFERENCIA DE DIFERENCIAS PERMANENTES.
Pyme y Normal Con carácter general, su movimiento es el siguiente: a) Se cargará, generalmente, con abono a la cuenta 6301, por la parte correspondiente a imputar en el ejercicio, de forma correlacionada con la depreciación del activo que motive la diferencia permanente. b) Al cierre del ejercicio, se abonará con cargo a la cuenta 137.
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