820DIFERENCIAS DE CONVERSIÓN NEGATIVAS
a) Se cargará, por el efecto neto deudor derivado de la diferencia de valor de los activos y pasivos valorados en moneda funcional distinta a la de presentación, como consecuencia de la conversión a la moneda de presentación, con cargo y/o abono a las respectivas cuentas que representan dichos activos y pasivos.
b) Se abonará, al cierre del ejercicio, con cargo a la cuenta 135.
Jurisprudencia y Doctrina
- Consulta 4 BOICAC nº 91/2012 Diferencias de conversión de moneda
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