7932. REVERSION DEL DETERIORO DE MATERIAS PRIMAS Importe de la corrección por deterioro existente al cierre del ejercicio anterior. Se abonará, al cierre del ejercicio, por el deterioro contabilizado en el ejercicio precedente, con cargo a cuentas del subgrupo 39 o a la cuenta 599.
Cuenta 793 Reversión del deterioro de existencias

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NRV 12.ª Existencias-
Resolución de 18 de septiembre de 2013 del ICAC Normas de registro y valoración e información a incluir en la memoria de las cuentas anuales sobre el deterioro del valor de los activos
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