640 SUELDOS Y SALARIOS Remuneraciones, fijas y eventuales, al personal de la empresa. Se cargará por el importe íntegro de las remuneraciones devengadas: a1) Por el pago en efectivo, con abono a cuentas del subgrupo 57. a2) Por las devengadas y no pagadas, con abono a la cuenta 465. a3) Por compensación de deudas pendientes, con abono a las cuentas 254, 460 y 544 según proceda. a4) Por las retenciones de tributos y cuotas de la Seguridad Social a cargo del personal, con abono a cuentas del subgrupo 47.


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