Plan Contable
569GARANTÍAS FINANCIERAS A CORTO PLAZO.
Normal Garantías financieras concedidas por la empresa a plazo no superior a un año. En particular, avales otorgados, siempre y cuando no proceda su registro en la cuenta 529. Figurará en el pasivo corriente del balance. Su movimiento es el siguiente: a) Se abonará: a1) A la constitución, por el efectivo recibido, con cargo a cuentas del subgrupo 57. a2) Por el aumento de la obligación, con cargo a la cuenta 669. b) Se cargará: b1) Por la disminución de la obligación y por los ingresos devengados, con abono a la cuenta 769. b2) A la cancelación, con abono a cuentas del subgrupo 57.
¿Tienes una duda? SuperContable te sacará de este apuro.
Accede al resto del contenido aquí
Siguiente: Cuenta 580 inmovilizado
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo,
Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.