4745 CRÉDITO POR PÉRDIDAS A COMPENSAR DEL EJERCICIO... En esta subcuenta debemos incluir el importe de la reducción del impuesto sobre beneficios a pagar en el futuro, derivada de la existencia de bases imponibles negativas de dicho impuesto pendiente de compensación. Cuando las bases imponibles negativas se deban a un hecho no habitual en la gestión de la empresa, los créditos derivados de la compensación de estas bases se deben contabilizar siempre que las causas que las originaron hayan desaparecido y se vayan a obtener beneficios fiscales que permitan su compensación. Si se modifica la legislación tributaria o la situación económica de la empresa, se deberá ajustar el saldo de los créditos impositivos, llevando a resultados el ingreso o gasto que resulte de ese ajuste. Esta cuenta figura en el activo del balance. a) Se cargará: a1) Por el crédito impositivo derivado de la base imponible negativa en el impuesto sobre beneficio obtenida en el ejercicio, con abono a la cuenta 630. a2) Por el aumento del crédito impositivo, con abono a la cuenta 638. b) Se abonará: b1) Por la reducción del crédito impositivo, con cargo a la cuenta 633. b2) Cuando se compensen las bases imponibles negativas de ejercicios anteriores, con cargo a la cuenta 630.
Cuenta 474 Activos por impuesto diferido 



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