465 REMUNERACIONES PENDIENTES DE PAGO Débitos de la empresa al personal por los conceptos citados en las cuentas 640 y 641. Figurará en el pasivo corriente del balance. Con carácter general, su movimiento es el siguiente: a) Se abonará por las remuneraciones devengadas y no pagadas, con cargo a las cuentas 640 y 641. b) Se cargará cuando se paguen las remuneraciones, con abono a cuentas del subgrupo 57.


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