4404 DEUDORES (MONEDA EXTRANJERA) Créditos con compradores de servicios que no tienen la condición estricta de clientes y con otros deudores de tráfico no incluidos en otras cuentas de este grupo. En esta cuenta se contabilizará también el importe de las donaciones y legados a la explotación concedidos a la empresa, que se liquiden mediante la entrega de efectivo u otros activos financieros, excluidas las subvenciones que deben registrarse en cuentas del subgrupo 47. Figurará en el activo corriente del balance. Su movimiento es el siguiente: a) Se cargará: a1) Por la prestación de servicios, con abono a cuentas del subgrupo 75. a2) Por la donación o legado de explotación concedido, con abono a cuentas del subgrupo 74. a3) En su caso, para reflejar el ingreso financiero devengado, con abono, generalmente, a la cuenta 762. b) Se abonará: b1) Por la formalización del crédito en efectos de giro aceptados por el deudor, con cargo a la cuenta 441. b2) Por la cancelación total o parcial de las deudas, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57. b3) Por su clasificación como deudores de dudoso cobro, con cargo a la cuenta 446. b4) Por la parte que resultara definitiva mente incobrable, con cargo a la cuenta 650.
Cuenta 440 Deudores 
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