2901. DETERIORO DE VALOR DE DESARROLLO Importe de las correcciones valorativas por deterioro del valor de Desarrollo. Su movimiento es el siguiente: a) Se abonarán por el importe del deterioro estimado, con cargo a la
cuenta 690,
691 ó
692. b) Se cargarán: b1) Cuando desaparezcan las causas que determinaron el reconocimiento de la corrección valorativa por deterioro, con abono a la
cuenta 790,
791 ó
792. b2) Cuando se enajene el inmovilizado o se dé de baja del activo por cual quier otro motivo, con abono a cuentas del subgrupo 20, 21 ó 22.
Cuenta 290 Deterioro de valor del inmovilizado intangible

Asiento de
correcciones valorativas por depreciación de inmovilizado intangible en general

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NRV 5.ª Inmovilizado Intangible-
NRV 6.ª Normas particulares sobre el inmovilizado intangible-
Resolución de 18 de septiembre de 2013 del ICAC Normas de registro y valoración e información a incluir en la memoria de las cuentas anuales sobre el deterioro del valor de los activos-
Resolución de 28 de mayo de 2013 del ICAC normas de registro, valoración e información a incluir en la memoria del inmovilizado intangible
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