2803 AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE PROPIEDAD INDUSTRIAL Corrección de valor por la depreciación del inmovilizado intangible realizada de acuerdo con un plan sistemático. Su movimiento es el siguiente: a) Se abonará por la dotación anual, con cargo a la cuenta 680. b) Se cargará cuando se enajene el inmovilizado intangible o se dé de baja del activo por cualquier otro motivo, con abono a cuentas del subgrupo 20.
Cuenta 280 Amortización acumulada del inmovilizado intangible 

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