265 DEPÓSITOS CONSTITUIDOS A LARGO PLAZO Efectivo entregado en concepto de depósito irregular a plazo superior a un año. Con carácter general, su movimiento es el siguiente: a) Se cargará: a1) A la constitución, por el efectivo entregado, con abono a cuentas del subgrupo 57. a2) Por el ingreso financiero devengado hasta alcanzar el valor de reembolso de los depósitos con abono, generalmente, a la cuenta 762. b) Se abonará a la cancelación anticipada, con cargo a cuentas del subgrupo 57.


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