Suspensión de Plazos Tributarios por Coronavirus. Guía. Esquema. Recursos, Alegaciones, pagos de deudas, sanciones, etc.

Suspensión de Plazos Tributarios por Coronavirus.


No se ha suspendido el plazo para acceder a las notificaciones electrónicas durante la "Crisis por el COVID-19", por lo que hay 10 días naturales para acceder a ellas.

  1. Procedimientos notificados antes de 14.03.2020 para:
  2. Procedimientos notificados a partir de 14.03.2020 para:
  3. Plazos para interposición de Recursos y Reclamaciones.
  4. Plazos durante un Procedimiento Inspector.
  5. Recurrir Sanciones Tributarias.
  6. Solicitar Devolución de Ingresos Indebidos.
  7. Notificaciones Tributarias recibidas durante el Estado de Alarma.


    También puede disponer en este epígrafe de un formación detallada al respecto de la posibilidad de solicitar aplazamiento sin intereses de la deuda tributaria por el coronavirus.


Siguiente: Suspensión del Plazo de Pago de Deudas tributarias liquidadas por la Administración por Coronavirus. Plazo iniciado antes 14.03.2020

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