Recurrir el acto de declaración de responsabilidad
El artículo 174 de la Ley General Tributaria establece que el acto de declaración de responsabilidad, que es una decisión administrativa, debe ser notificado a los responsables. El apartado 4º del artículo 174 se refiere al contenido del acto de notificación y expresamente señala que debe contener los medios de impugnación que pueden ser ejercitados contra dicho acto, órgano ante el que hubieran de presentarse y plazo para interponerlos.
El Tribunal Supremo (en STS 4930/2022 y STS 4893/2022) establece que en aquellos supuestos en los que el deudor principal haya garantizado la deuda para interponer recurso potestativo de reposición o reclamación económico-administrativa, los efectos son trasladables a los responsables solidarios, de forma que estos puedan obtener la suspensión del acuerdo de derivación de responsabilidad solidaria sin necesidad de prestar garantía en vía administrativa, con la sola invocación de que el deudor principal prestó la correspondiente garantía para responder del pago de la deuda tributaria. Por lo tanto, impedirá tanto para el deudor principal como para los responsables la continuación del periodo ejecutivo y los recargos que le son inherentes.El tipo de responsabilidad que enfrenta el administrador societario es la responsabilidad subsidiaria (una persona solo responde si el deudor principal no cumple con su obligación. En cambio, en la responsabilidad solidaria, todos los obligados responden por igual, y el acreedor puede reclamar el total a cualquiera de ellos sin necesidad de dirigirse primero al principal.), lo que significa que solo podría responder con su patrimonio si existió una conducta reprochable. La conducta reprochable es aquello que el administrador societario debía cumplir y que no hizo; por ejemplo, no pagar las deudas tributarias de la sociedad, no presentar las declaraciones fiscales correspondientes o no gestionar correctamente la disolución o el concurso de acreedores cuando la empresa cesa su actividad.Además, la STS 1037/2025, de 17 de julio, confirma que, en casos de cese de actividad, Hacienda debe acreditar una falta concreta de diligencia del administrador societario, descartando cualquier tipo de responsabilidad objetiva, es decir, que se le exija el pago solo por ocupar el cargo.Por lo tanto, el administrador societario no tiene que demostrar su inocencia, ya que sólo responde por su conducta concreta y reprochable, y no por ser administrador societario, lo que protege sus derechos y evita reclamaciones injustas.Comentarios
Pasos a seguir en un procedimiento de derivación de responsabilidad y de recaudación frente a los sucesores.La Declaración de Responsabilidad por la Administración Tributaria Las actuaciones de cobro contra el deudor principal no interrumpen el plazo para declarar la responsabilidad.Pérdida patrimonial en IRPF por pago de deuda como responsable subsidiario.La AEAT no puede derivar la responsabilidad a los administradores societarios sin justificarlo.Legislación
Art.41 Ley 58/2003 Responsabilidad tributaria.Art.42 Ley 58/2003 Responsables solidarios.Art.43 Ley 58/2003 Responsables subsidiarios.Art.174 Ley 58/2003 Declaración de responsabilidad.Art.212 Ley 58/2003 Recursos contra sanciones.Art.124 RD 939/2005 Declaración de responsabilidad.Jurisprudencia y Doctrina
STS 1037/2025. Responsabilidad subsidiaria. Condición de administrador. Conducta del responsable.Jurisprudencia sobre Derivación de Responsabilidad tributariaResolución 1175/2022 TEAC. Sin declaración de fallido hay nulidad de declaración de responsabilidad subsidiaria.STS 1869/2024. Declaración judicial de inexistencia de responsabilidad solidaria del artículo 42.1.c) de la LGT no interrumpe la prescripción. STS 1579/2023. Impugnación del procedimiento de derivación de responsabilidad por otros declarados responsables.STS 1022/2023. Actuaciones de cobro sobre deudor principal y plazo prescripción para declarar la responsabilidad.Consulta Vinculante V1634-15. Prescripción de la derivación de responsabilidad solidaria por sucesión en la actividad.Casos Prácticos
Caso práctico: Responsabilidad del administrador por desviación de fondos de la sociedad a su patrimonio personal.En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
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