Otras cuestiones de interés en la reforma de la Ley General Tributaria

Recuperación de ayudas de Estado que afecten al ámbito tributario


     Problemática contemplada en la legislación española, y en vigor a partir de 12 de octubre de 2015, con la reforma de la Ley 58/2003 General Tributaria -LGT- (efectuada por Ley 34/2015) y reglamentada con la introducción del artículo 208 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de Gestión e Inspección tributaria (RGGI), que busca compaginar las normas estatales con el Derecho de la UE.

    La LGT incorpora un título VII (artículos 260 a 271), dedicado a las ayudas de estado ilegales e incompatibles; por cuanto que las Decisiones de la Comisión Europea exigiendo la recuperación de ayudas de estado son obligatorias en todos sus términos para sus destinatarios, los Estados miembros, que deberán lograr restablecer la situación existente con anterioridad al disfrute de la ayuda sin dilación y con arreglo a los procedimientos del derecho interno del Estado miembro destinatario.

     Nuestro ordenamiento no preveía ningún procedimiento para la recuperación de ayudas de Estado en el ámbito tributario; y es por eso que la reforma regula los procedimientos a seguir para la ejecución de las Decisiones de recuperación de estas ayudas, adaptados a la normativa comunitaria.

Recuerde que:

El Procedimiento de ejecución de decisiones de recuperación de ayudas de Estado no es, propiamente dicho, un procedimiento inspector sino de un procedimiento instruido y resuelto por los órganos de inspección.

    Si bien, la ejecución de recuperación de ayudas de Estado podrá realizarse en el curso de un procedimiento inspector, se prevén dos procedimientos específicos para realizar actuaciones administrativas tendentes a la recuperación de ayudas de Estado:

  1. Procedimiento de recuperación en supuestos de regularización de los elementos de la obligación tributaria afectados por la decisión (artículos 265 a 268 LGT y artículo 208 RGII).
  2. Procedimiento de recuperación en otros supuestos (artículos 269 a 271 LGT)


    Con la entrada en vigor (desde 11 de julio de 2021) de la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, y tal y como establece la propia exposición de motivos de la referida norma, se introduce un nuevo apartado 4 en el artículo 260 al objeto de reconocer en la normativa general tributaria, en materia de recuperación de ayudas de Estado que afecten al ámbito tributario, el principio de Deggendorf, confirmado en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el asunto C355/95 P, según el cual no se pueden conceder nuevas ayudas estatales individuales a una empresa que tenga pendiente de cumplir una obligación de reintegro derivada de una Decisión de la Comisión Europea.


Legislación



Art. 208 RD 1065/2007 RGGI Recuperación de elementos de la obligación tributaria afectados
Art. 260.Ley 58/2003 LGT Disposiciones generales.
Art. 261.Ley 58/2003 LGT Procedimientos de ejecución de decisiones de recuperación de ayudas de Estado.
Art. 262.Ley 58/2003 LGT Prescripción.
Art. 263.Ley 58/2003 LGT Efectos de la ejecución de la decisión de recuperación.
Art. 264.Ley 58/2003 LGT Recursos contra el acto de ejecución.
Art. 265.Ley 58/2003 LGT Recuperación en supuestos de regularización por decisión de recuperación.
Art. 266.Ley 58/2003 LGT Inicio.
Art. 267.Ley 58/2003 LGT Tramitación.
Art. 268.Ley 58/2003 LGT Terminación.
Art. 269.Ley 58/2003 LGT Procedimiento de recuperación en otros supuestos.
Art. 270.Ley 58/2003 LGT Inicio.
Art. 271.Ley 58/2003 LGT Terminación.

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