ACTUACIÓN DEL CONTRIBUYENTE EN EL ACTA DE CONFORMIDAD. Si el contribuyente manifestó en el tramite de audiencia su conformidad con los hechos comprobados por la Inspección y consecuentemente con la propuesta de liquidación (deuda a ingresar o minoración de devolución o de compensaciones de cuotas o bases): deberá comparecer ante la Inspección el día señalado por ésta, transcurrido el plazo del tramite de audiencia o en su caso renunciado a él, para la firma de las Actas (A01) "propuesta de liquidación". Una vez firmada recibirá una copia del acta. Este acta es un propuesta de liquidación y no es susceptible todavía de recurso o reclamación. Deberá esperar que dicha propuesta se confirme para que la misma se convierta en acto administrativo susceptible de recurrir o de pagar en su caso.
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