Índices o Módulos Régimen Simplificado IVA
MÓDULO | DEFINICIÓN | UNIDAD | Rendimiento anual por unidad |
1 2 3 4 5 6 7 | Personal empleadoPotencia eléctrica Se entiende por potencia eléctrica cuantificable en el módulo, a la potencia contratada con la empresa suministradora de energía, siendo la unidad en la que se mide el Kilowatio (Kw) | Persona kw. contratados Mesa Metro Maquinas "A" Maquinas "B" Euro | 2.577,52 Euros 47,83 Euros 56,69 Euros 62,89 Euros 177,15 Euros 655,45 Euros 0,21 Euros |
Magnitud máxima permitida: | 8 empleados | ||
Cuota mínima por operaciones corrientes: | 6% de cuota devengada por operaciones corrientes. |
Comentarios
- Índices o módulos epígrafe 673.2 en Régimen Estimación Objetiva de IRPF.- Cuota de IAE epígrafe 673.2 de Otros cafés y bares.Legislación
- Orden HFP/1359/2023. Desarrolla para el 2024 el régimen especial simplificado del IVA.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.