¿Quiénes deben estar dados de alta en el ROI?

¿Quienes Deben Estar Dados de Alta en el ROI?


    El Registro de operadores intracomunitarios está formado por las personas o entidades que tengan asignado un NIF-IVA español:
  1. Empresarios o profesionales que efectúen entregas o adquisiciones intracomunitarias de bienes sujetas al IVA español.

  2. Empresarios o profesionales que efectúen adquisiciones intracomunitarias de servicios respecto de las cuales sean sujetos pasivos del impuesto, por inversión, y los empresarios y profesionales que efectúen prestaciones intracomunitarias de servicios gravadas en el Estado miembro de destino cuando el sujeto pasivo sea el destinatario de dichas prestaciones.

    Los números de identificación fiscal atribuidos por la Administración española formarán parte del Censo VIES.

    El VIES es un medio electrónico de transmisión de información relativa al registro del IVA (=validez de los números de IVA) de las empresas registradas en la UE. También se transmite por el sistema VIES la información relativa a los suministros intracomunitarios (exentos de impuestos) entre las administraciones de los Estados miembros.

    La única información disponible en el VIES se refiere a la validez del número de identificación del IVA. No se puede obtener por ese medio ninguna otra información (nombre, dirección, etc.).

    Los datos se proporcionan en tiempo real. Cada vez que hay una solicitud, se envía un mensaje al Estado miembro que asignó el número de identificación del IVA para averiguar si el número indicado es válido.

    Consecuentemente, los obligados a presentar en modelo 349 de operaciones recapitulativas, tendrán unos requisitos muy parecidos a los señalados para el alta en el ROI, si bien, evidentemente uno es un censo y otro una obligación cuasi-periódica de información con unos plazos determinados caso de realizar operaciones de forma continua.

Para efectuar un suministro intracomunitario sin aplicar el IVA deberá asegurarse de que la persona a quien suministra los bienes es un sujeto pasivo en otro Estado miembro y de que los bienes en cuestión han salido o saldrán de su país para dirigirse al otro Estado miembro. También es necesario que el número de IVA figure en la factura.


    En general, se podrá verificar la validez de un NIF-IVA de un operador intracomunitario de cualquier Estado miembro de la Unión Europea en el portal de la Unión Europea (www.europa.eu) y sobre todo será más familiar nuestro acceso a la Agencia Tributaria que informará sobre la validez de un NIF-IVA, tanto de operadores intracomunitarios españoles como no españoles, en su página web:http//agenciatributaria.es  , en "Sede electrónica", "Procedimientos, Servicios y Trámites", "Otros servicios", "VIES", sin que para consultar el NIF-IVA de operadores españoles sea necesario que el consultante disponga de certificado de firma electrónica. Además, se podrá solicitar a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria, o en la Administración o Delegación correspondiente a su domicilio fiscal un certificado que acredite su alta en el ROI y la fecha de su inclusión.

Comentarios



¿Cómo darse de alta en el ROI?
Obligados, plazos y cumplimentación del modelo 349.

Jurisprudencia y Doctrina



Consulta Vinculante V0487-20 DGT. Obligación alta revendedor por importación y venta de productos.

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