Tipo de IVA para Aguas aptas para alimentación o riego.

TIPOS DE IVA: AGUA



    Las aguas aptas para la alimentación humana o animal o para el riego, incluso en estado sólido tributan al tipo reducido del IVA (10 %).

    Tenga en cuenta que el tipo reducido es aplicable a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de agua con independencia de su presentación (agua corriente, mediante tuverías, en depósitos o tanques, en botellas, en bolsas de cubitos de hielo...).

Legislación



- Art.91 Ley 37/1992 LIVA. Tipos impositivos reducidos.

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