IVA. Tipo impositivo general

TIPO DE IVA GENERAL


    El tipo general del Impuesto sobre el Valor Añadido, del 21 por 100 actualmente, es un tipo RESIDUAL, es decir, se tributa por él cuando no se especifica otro.

    La regulación expresa que tributan al tipo normal de IVA todos aquellos bienes y servicios que no tributan a tipos reducidos (10%, 4% o 0%). Por tanto, cuando queramos saber el tipo de IVA a aplicar a una operación debemos buscar primero si se encuentra dentro de los supuestos establecidos en el artículo 91 de la Ley del impuesto para aplicar un tipo reducido (o en los real decreto-ley que se puedan haber aprobado de forma urgente y extraordinaria al respecto) y si no se encuentra especificado, se aplica el tipo general a tal operación.

    En la aplicación de los tipos impositivos es donde mayores diferencias existen entre los países comunitarios en materia de IVA.

Comentarios



- Tipo de IVA aplicable en España.
- Esquema de variación de los tipos de IVA aplicables.

Legislación



- Art.90 Ley 37/1992 LIVA. Tipo impositivo general.

Jurisprudencia y Doctrina



Consulta Vinculante V0411-20. Tipo impositivo contratación DJ para música en locales y eventos.
Consulta Vinculante V0401-20. Tipo aplicable para ampliación de locales para ser arrendados a 3º.
Consulta Vinculante V0374-20. Adquisición de material para instalación de suelo en la vivienda.
Consulta Vinculante V0296-20. Cesión en arrendamiento de licencia de producción de cítricos.
Consulta Vinculante V2682-19. Tributación IVA por cursos de manejo y pilotaje de drones.
Consulta Vinculante V1475-19. Aportaciones por producción o instalación de plataforma mensajería.
Consulta Vinculante V1333-19. Sujeción por arrendamiento de local utilizado como trastero.
Consulta Vinculante V1288-19. Tipo impositivo de IVA por actividad de "Escape Room"
Consulta Vinculante V1284-19. Tipo gravamen del IVA por servicios prestados a menores de 25 años.



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