TIPOS DE IVA: SERVICIOS PRESTADOS POR COOPERATIVAS AGRARIAS A SUS SOCIOS
A partir de la entrada en vigor de la Ley 55/1999, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, se establece que se aplicará el tipo reducido del Impuesto (10%) sobre el Valor Añadido, a las prestaciones de servicios realizadas por las cooperativas agrarias a sus socios como consecuencia de su actividad cooperativizada y en cumplimiento de su objeto social, incluida la utilización por los socios de la maquinaria en común.Legislación
- Art.91 Ley 37/1992 LIVA. Tipos impositivos reducidos.Siguiente: Tipo de gravamen en obras de renovación y reparación en viviendas y locales.
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