Modelo 347: Subvenciones condedidas por la entidad.

De acuerdo con el artículo 33.1 del RD 1065/2007, 27 Julio, que aprueba el Reglamento General de los procedimientos de gestión e inspección, deberá relacionarse en la declaración anual todas aquellas personas o entidades, cualquiera que sea su naturaleza o carácter, con quienes hayan efectuado operaciones que en su conjunto para cada una de dichas personas o entidades hayan superado la cifra de 3.005,06 euros durante el año natural correspondiente. A efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, tendrán la consideración de operaciones tanto las entregas de bienes y prestaciones de servicios como las adquisiciones de los mismos. En ambos casos, se incluirán las operaciones típicas y habituales, las ocasionales, las operaciones inmobiliarias y las subvenciones, auxilios o ayudas no reintegrables que puedan otorgar.
Legislación
Art. 32 RD 1065/2007 Reglamento PGI. Personas o entidades excluidas de la obligación de presentar Art. 33 RD 1065/2007 Reglamento PGI. Contenido de la declaración anual de operaciones con 3ºs.Art. 35 RD 1065/2007 Reglamento PGI. Criterios de imputación temporal.Jurisprudencia y Doctrina
Consulta vinculante V0709-17. Ayuntamiento que concede ayudas del programa de gratuidad de los libros de texto y material escolar.Consulta vinculante V0700-17. Ayudas concedidas por Mutua Colaboradora con la Seguridad Social.Consulta vinculante V0209-08. Entidad sin ánimo de lucro. Subvenciones. Consulta vinculante V1340-09. Obligación de consignar las subvenciones recibidas.En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
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