Modelo 347: Cobros superiores a 6.000 euros recibidos en metálico.

Sólo se declaran los importes percibidos de otras personas o entidades, es decir, se relacionan los clientes exclusivamente, no así los proveedores. Esta justificación viene dada en el artículo 34.1.h) del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio de 2007, que establece que en la declaración anual de operaciones con terceras personas (modelo 347) se consignarán los importes superiores a 6.000 euros que se hubieran percibido en metálico de cada una de las personas o entidades relacionadas en la declaración.
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Infracción administrativa por pagar en efectivo por encima de los límites establecidos. Sanción. Sujetos que pueden ser sancionados por pagar en efectivo por encima de los límites establecidos.Pagos realizados parcialmente en efectivo.Legislación
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