Modelo 347: Importación de bienes facturados por empresa española.

En este tipo de operaciones, con independencia de que la entrada de las mercancías en territorio español constituya el hecho imponible típico de una importación, la operación se debe hacer constar en el modelo 347, ya que el proveedor que suministra la mercancía tiene su sede en España. Las adquisiciones que una empresa realiza a un proveedor con domicilio fiscal en territorio español, pero cuya planta de fabricación está situada en un territorio tercero, deben declararse en el modelo 347.
Legislación
Art. 32 RD 1065/2007 Reglamento PGI. Personas o entidades excluidas de la obligación de presentar Art. 33 RD 1065/2007 Reglamento PGI. Contenido de la declaración anual de operaciones con 3ºs.Siguiente: Modelo 347 de la AEAT. Prestación de servicios a empresa de fuera de la Unión Europea (UE).
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