Modelo 347. Entidades obligadas a presentar el modelo 340 de la AEAT / 420 en Canarias.

Modelo 347: Entidades obligadas a presentar el modelo 340 y/o el modelo 420.



El artículo 32.e) del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio de 2007, EXCLUYE de la obligación de presentar esta declaración anual, a los obligados tributarios que deban informar sobre las operaciones incluidas en los libros registro del IVA (modelo 340) o del IGIC (modelo 420).

NOTA: La entrada en vigor del Suministro Inmediato de Información del IVA (SII) ha dejado obsoleto el modelo 340.

Esto se debe a que los sujetos obligados a llevar los libros registros del IVA a través de la Sede Electrónica de la AEAT quedan exonerados de la obligación de presentar los modelos 340, 347 y 390, no quedando en la actualidad ningún colectivo que deba presentar el modelo 340 sin estar obligado a aplicar el SII.


Comentarios



- Suministro Inmediato de Información del IVA (SII).

Legislación



- Art. 32 RD 1065/2007 Reglamento PGI. Personas o entidades excluidas de la obligación de presentar.

Jurisprudencia y Doctrina



- Consulta Vinculante V1136-10
- Consulta Vinculante V1135-10


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