Modelo 347 de la AEAT. Autoconsumos Externos o entregas gratuitas no sujetas a IVA.

Modelo 347: Autoconsumos Externos o Entregas gratuitas NO sujetas a IVA.



Los autoconsumos externos u operaciones gratuitas realizadas con terceras personas no deben declararse cuando no estén sujetas o están exentas del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

NOTA: No obstante, no habrán de presentar la declaración anual por operaciones con terceras personas los obligados tributarios que no hayan realizado operaciones que en su conjunto, respecto de otra persona o entidad, hayan superado la cifra de 3.005,06 euros durante el año natural correspondiente o de 300,51 euros durante el mismo periodo, cuando, en este último supuesto, realicen la función de cobro por cuenta de terceros de honorarios profesionales o de derechos derivados de la propiedad intelectual, industrial o de autor u otros por cuenta de de sus socios, asociados o colegiados (artículo 32 del RD 1065/2007).


Legislación



Art. 32 RD 1065/2007 Reglamento PGI. Personas o entidades excluidas de la obligación de presentar
Art. 33 RD 1065/2007 Reglamento PGI. Contenido de la declaración anual de operaciones con 3ºs.

Jurisprudencia y Doctrina



Consulta vinculante V2795-17. Comerciante minorista en régimen de recargo de equivalencia que va a realizar una aportación no dineraria de todos los elementos afectos a su actividad a una sociedad mercantil.

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