Modelo 347 de la AEAT. Arrendamiento de Local de negocio con factura sin retención. Punto de vista del Arrendador.

Modelo 347: Arrendamiento de Local de Negocio y factura SIN Retención. Arrendador.



En las operaciones de arrendamiento de local de negocio se está obligado a presentar el modelo 347, ya que la obligación se exige a aquellas personas que desarrollen actividades empresariales o profesionales, teniendo esta consideración las actividades desarrolladas por quienes sean calificados como empresarios según el I.V.A. (siempre son empresarios los arrendadores) sin que les sea de aplicación a los arrendadores de locales la excepción contemplada en el artículo 33.2.d) del R.D. 1065/2007.



NOTA: No obstante, no habrán de presentar la declaración anual por operaciones con terceras personas los obligados tributarios que no hayan realizado operaciones que en su conjunto, respecto de otra persona o entidad, hayan superado la cifra de 3.005,06 euros durante el año natural correspondiente o de 300,51 euros durante el mismo periodo, cuando, en este último supuesto, realicen la función de cobro por cuenta de terceros de honorarios profesionales o de derechos derivados de la propiedad intelectual, industrial o de autor u otros por cuenta de de sus socios, asociados o colegiados (artículo 32 del RD 1065/2007).


Legislación



Art. 5 Ley 37/1992, IVA. Concepto de empresario o profesional.
Art. 32 RD 1065/2007 Reglamento PGI. Personas o entidades excluidas de la obligación de presentar
Art. 33 RD 1065/2007 Reglamento PGI. Contenido de la declaración anual de operaciones con 3ºs.

Jurisprudencia y Doctrina



Consulta Vinculante V0325-2006

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