Modelo 347: Cobros superiores a 6.000 euros recibidos en metálico no declarado en otros modelos.

Si no existe obligación de declarar a un determinado pagador, no deben incluirse los importes percibidos de éste en metálico aunque supere el límite de 6.000 euros, pues la norma establece que no deben declararse los cobros referidos a operaciones excluidas del deber de declaración en ningún caso.
Comentarios
Infracción administrativa por pagar en efectivo por encima de los límites establecidos. Sanción. Sujetos que pueden ser sancionados por pagar en efectivo por encima de los límites establecidos.Pagos realizados parcialmente en efectivo.Siguiente: Modelo 347 de la AEAT. Pagos superiores a 6.000 euros.
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.