Modelo 347 de la AEAT. ¿Se deben declarar los pagos superiores a 6.000 euros recibidos en metálico si no han sido declarados en otros modelos?

Modelo 347: Cobros superiores a 6.000 euros recibidos en metálico no declarado en otros modelos.



Si no existe obligación de declarar a un determinado pagador, no deben incluirse los importes percibidos de éste en metálico aunque supere el límite de 6.000 euros, pues la norma establece que no deben declararse los cobros referidos a operaciones excluidas del deber de declaración en ningún caso.

NOTA: Por cantidades percibidas en metálico debe entenderse a efectos del modelo 347 únicamente las monedas y billetes de curso legal (Anexo II de la Orden Ministerial que regula el Modelo 347); no se comprenden dentro de este concepto los cheques al portador.


Comentarios



Infracción administrativa por pagar en efectivo por encima de los límites establecidos. Sanción.    
Sujetos que pueden ser sancionados por pagar en efectivo por encima de los límites establecidos.
Pagos realizados parcialmente en efectivo.

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