Modelo 347 AEAT. Obligación de presentar el modelo 347 por entidades no residentes en España

Modelo 347: Entidades no residentes en España.




Deben declararse salvo que se trate de:


  1. Operaciones cuya contraprestación haya sido objeto de retención a cuenta del I.R.P.F., del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, que se declaran a través de los correspondientes resúmenes anuales de retenciones.

  2. Operaciones realizadas directamente desde o para un establecimiento permanente del obligado tributario situado fuera del territorio español, salvo que aquel tenga su sede en España y la persona con quien se realice la operación actúe desde un establecimiento situado en territorio español.

  3. Operaciones intracomunitarias que deban relacionarse en el modelo 349.

  4. En general, cualquier otra operación exceptuada legalmente del modelo 347.

Para un estudio de cada casuística más detallado puede consultar los apartados referidos a operaciones con el exterior.
RECUERDE QUE:
    Reseñar que entre las operaciones que no hay que incluir en la declaración anual de operaciones con terceras personas (modelo 347) se encuentran aquéllas efectuadas por quienes no tienen en territorio español la sede de su actividad económica, un establecimiento permanente o su domicilio fiscal, con independencia de que la empresa deba presentar declaraciones del IVA en territorio español por haber superado límites de ventas establecidos o haberse optado por tributar en destino.

NOTA: No obstante, no habrán de presentar la declaración anual por operaciones con terceras personas los obligados tributarios que no hayan realizado operaciones que en su conjunto, respecto de otra persona o entidad, hayan superado la cifra de 3.005,06 euros durante el año natural correspondiente o de 300,51 euros durante el mismo periodo, cuando, en este último supuesto, realicen la función de cobro por cuenta de terceros de honorarios profesionales o de derechos derivados de la propiedad intelectual, industrial o de autor u otros por cuenta de de sus socios, asociados o colegiados (artículo 32 del RD 1065/2007).


Comentarios



- Cómo cumplimentar casilla a casilla el modelo 347.
- Manual de consulta del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR).

Legislación



- Art. 32 RD 1065/2007 Reglamento PGI. Personas o entidades excluidas de la obligación de presentar
- Art. 33 RD 1065/2007 Reglamento PGI. Contenido de la declaración anual de operaciones con 3ºs.

Jurisprudencia y Doctrina



- Consulta Vinculante V0209-08. Obligación de presentar modelo 347.

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