Modelo 347 AEAT. Obligación de presentar el modelo 347 por Comunidades de Bienes que realizan actividades mercantiles.

Modelo 347: Comunidad de Bienes que realiza actividades mercantiles.



Las comunidades de propietarios, si desarrollan actividades empresariales o profesionales según lo dispuesto en la normativa del IVA, tendrán obligación de presentar la declaración anual de operaciones con terceras personas, aún cuando en la mayoría de los casos, si no realizan actividades empresariales o profesionales, no estarían sujetos a la referida obligación.

NOTA: No obstante, no habrán de presentar la declaración anual por operaciones con terceras personas los obligados tributarios que no hayan realizado operaciones que en su conjunto, respecto de otra persona o entidad, hayan superado la cifra de 3.005,06 euros durante el año natural correspondiente o de 300,51 euros durante el mismo periodo, cuando, en este último supuesto, realicen la función de cobro por cuenta de terceros de honorarios profesionales o de derechos derivados de la propiedad intelectual, industrial o de autor u otros por cuenta de de sus socios, asociados o colegiados (artículo 32 del RD 1065/2007).


Comentarios



- Cómo cumplimentar casilla a casilla el modelo 347.
- Obligaciones de los propietarios de la Comunidad de vecinos.
- Derechos de los propietarios de la Comunidad de vecinos.

Legislación



- Art. 5 Ley 37/1992 IVA. Concepto de empresario o profesional.
- Art. 31 RD 1065/2007 Reglamento PGI. Obligados a suministrar información sobre operaciones con 3ºs.
- Art. 32 RD 1065/2007 Reglamento PGI. Personas o entidades excluidas de la obligación de presentar

Jurisprudencia y Doctrina



- Consulta vinculante V0469-17. Obligación de emitir factura y declaración del Modelo 347 por ejercer como Administrador de Comunidad de Vecinos siendo el consultante pensionista jubilado.

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