INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO EN ENTREGA DE BIENES INMUEBLES: RENUNCIA A LA EXENCIÓN
Este supuesto de inversión del sujeto pasivo se regula en el artículo 84.1.2º.apartado e): En concreto cuando se trate de las siguientes entregas de bienes inmuebles:- Las entregas efectuadas como consecuencia de un proceso concursal.
- Las entregas exentas a que se refieren los apartados 20.º y 22.º del artículo 20. Uno en las que el sujeto pasivo hubiera renunciado a la exención.
- Las entregas efectuadas en ejecución de la garantía constituida sobre los bienes inmuebles, entendiéndose, asimismo, que se ejecuta la garantía cuando se transmite el inmueble a cambio de la extinción total o parcial de la deuda garantizada o de la obligación de extinguir la referida deuda por el adquirente.
Comentarios
- Renuncia a la exención en la transmisión de bienes inmuebles.- Factura con inversión del sujeto pasivo.Legislación
- Asiento de: Inversión del Sujeto Pasivo del IVA. Punto de vista de comprador.- Asiento de: Inversión del Sujeto Pasivo del IVA. Punto de vista de vendedor.Legislación
- Art.84 Ley 37/1992 LIVA. Sujetos pasivos.En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
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