INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO EN ENTREGA DE BIENES INMUEBLES: PROCESO CONCURSAL
Regulada en el artículo 84.1.2º.apartado e): En concreto cuando se trate de las siguientes entregas de bienes inmuebles:- Las entregas efectuadas como consecuencia de un proceso concursal.
- Las entregas exentas a que se refieren los apartados 20.º y 22.º del artículo 20.Uno en las que el sujeto pasivo hubiera renunciado a la exención.
- Las entregas efectuadas en ejecución de la garantía constituida sobre los bienes inmuebles, entendiéndose, asimismo, que se ejecuta la garantía cuando se transmite el inmueble a cambio de la extinción total o parcial de la deuda garantizada o de la obligación de extinguir la referida deuda por el adquirente.
Modelo 303:
- El adquirente, sujeto pasivo por inversión, tendrá que declarar esta operación como IVA devengado en las casillas 12 y 13 -IVA devengado. Régimen general-, y como IVA soportado, en su caso, en las casillas -IVA soportado deducible. Régimen general según el inmueble tenga la consideración de bien corriente o bien de inversión.
- El transmitente, deberá declararla, solamente a efectos informativos pues no intervendrá en la liquidación del modelo 303, en la casilla 122 (actualmente), "Operaciones sujetas con inversión del sujeto pasivo"; casilla 53 (actualmente) si se tributa por el régimen simplificado del IVA y casilla 125 aquellos sujetos que resulten eximidos del presentar el modelo 390.
Modelo 390:
- El adquirente, sujeto pasivo por inversión, tendrá que declarar esta operación como IVA devengado en las casillas específicas -IVA devengado por inversión del sujeto pasivo-, y como IVA soportado, en su caso, en las casillas que correspondan de los apartados -IVA deducible en operaciones interiores de bienes y servicios corrientes- o -IVA deducible en operaciones interiores de bienes de inversión-. No deberá incluirla en ninguna de las casillas del apartado 10 -Volumen de operaciones-, ya que para él no constituye una entrega de bienes que deba computarse a efectos del volumen de operaciones.
- El transmitente deberá incluir esta operación en la casilla -Operaciones no sujetas por reglas de localización o con inversión del sujeto pasivo- o en la casilla -entregas de bienes inmuebles u operaciones financieras no habituales- cuando las entregas de inmuebles no constituyan su actividad habitual.
Legislación
- Art.84 Ley 37/1992 LIVA. Sujetos pasivos.Siguiente: Inversión del Sujeto Pasivo: Entrega de Bienes Inmuebles en Ejecución de garantía.
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