Índice de cuota. Ganado porcino y bovino de cría y otras actividades ganaderas

Índices o Módulos Régimen Simplificado IVA



    Epígrafe: Ganadera de explotación intensiva de ganado porcino de cría, bovino de cría y otras intensivas o extensivas no comprendidas expresamente en otros apartados.

    Índice de cuota devengada por operaciones corrientes: 0,10


Excepcionalmente se aplicará 0,070 en la actividad de apicultura en 2024 y 2025 según DA 4ª Orden HFP/1359/2023 y DA 3ª Orden HAC/1347/2024.




    No será aplicable el Régimen simplificado en esta actividad cuando se superen los 250.000 euros de volumen de ingresos (de 2016 a 2025, 150.000 euros a partir de 2026 si no se prorroga).


Comentarios



- Índices de actividades agrícolas, ganaderas y forestales en Régimen Estimación Objetiva de IRPF.

Legislación



- Orden HFP/1359/2023. Desarrolla para el 2024 el régimen especial simplificado del IVA.
- Orden HAC/1347/2024. Desarrolla para el 2025 el régimen especial simplificado del IVA.

Siguiente: Índice de cuota. Avicultura y ganadería de leche

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos