IVA de las plataformas digitales que faciliten entregas de bienes

IVA de las plataformas digitales



    Desde el 1 de julio de 2021 se entenderá que los empresarios o profesionales titulares de una interfaz digital han recibido y entregado en nombre propio los bienes cuando faciliten las siguientes ventas:

  • Ventas a distancia de bienes importados de países o territorios terceros en envíos cuyo valor intrínseco no exceda de 150 euros.

  • Entregas de bienes en el interior de la Comunidad por parte de un proveedor no establecido en la Comunidad a consumidores finales.

    Esta ficción determina importantes implicaciones tributarias:

    - Los titulares de las interfaces digitales tienen la consideración de sujetos pasivos del impuesto.

    - Se realizan dos entregas de bienes, una del proveedor al titular de la interfaz y otra por parte del titular de la interfaz al consumidor final. El devengo de ambas entregas se produce con la aceptación del pago del cliente.

    - El transporte de los bienes se encuentra vinculado a la entrega que realizan los titulares de la interfaz al consumidor final.

    - La entrega del bien que se entiende realizada por el proveedor al titular de la interfaz está exenta de IVA y no limita el derecho a la deducción del IVA soportado por quienes la realizan.

    - El empresario o profesional titular de la interfaz digital podrá acogerse a los regímenes especiales de ventanilla única para la declaración-liquidación del IVA derivado de estas operaciones por las que tenga la condición de sujeto pasivo, incluso cuando se trate de entregas interiores a consumidores finales en el mismo Estado miembro donde se almacenan las mercancías.

    - Los empresarios o profesionales titulares de una interfaz digital tendrán la obligación de llevar un registro de las operaciones en que intervengan durante un plazo de 10 año a contar desdel el final del año en que se realizó la operación.

Comentarios



- Ventas a distancia de bienes importados de países o territorios terceros.
- Régimen especial de importación.

Legislación



- Índice Ley 37/1992 LIVA. Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido.

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