Exención en las exportaciones de bienes

Exención en las Exportaciones de Bienes


    Con carácter general, las exportaciones de bienes están exentas del impuesto sobre el valor añadido. Concretamente se entienden exentas las operaciones relativas a entregas de bienes expedidos o transportados fuera de la Unión Europea por el transmitente, el adquirente no establecido en la Península o Baleares, o un tercero que actúe por cuenta y nombre de los dos anteriores.

    Se excluyen de esta exención los bienes destinados al equipamiento o avituallamiento de embarcaciones deportivas o de recreo, de aviones de turismo o de cualquier medio de transporte de uso privado.

    Las exenciones relativas a las exportaciones o envíos fuera de la Comunidad quedarán condicionadas al cumplimiento de los siguientes requisitos:
  1. En las entregas de bienes enviados por el transmitente o por un tercero que actúe en nombre y por cuenta de éste, que se produzca la salida efectiva de los bienes del territorio de la Comunidad a efectos de la legislación aduanera.

    En este sentido, el transmitente deberá conservar a disposición de la Administración, durante 4 años, las copias de las facturas, contratos o notas de pedidos, documentos de transporte, documentos acreditativos de la salida de los bienes y demás justificantes de la operación.


  2. En las entregas de bienes exportados o expedidos por el adquirente no establecido en el territorio de aplicación del Impuesto o por un tercero que actúe en nombre y por cuenta de éste, además de lo dispuesto en el párrafo anterior, que los bienes objeto de expedición comercial sean conducidos a la aduana en el plazo del mes siguiente a su puesta a disposición, donde se presentará por el adquirente el correspondiente documento aduanero de exportación.

    En este documento se hará constar el nombre del proveedor establecido en la Comunidad, su número de identificación fiscal y la referencia a la factura expedida por el mismo, debiendo el adquirente remitir a dicho proveedor una copia del documento diligenciada por la aduana de salida.


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