Causas de Exclusión del Régimen Especial del Grupo de Entidades

Exclusión del Régimen Especial
del Grupo de Entidades


    El artículo 163 septies de la Ley del Impuesto, establece distintas causas que pueden determinar la pérdida del derecho a aplicar este régimen especial por un grupo de entidades.
    Así, dejará de aplicarse el Régimen Especial del Grupo de Entidades:
  1. Cuando se dé alguna circunstancia que implique la aplicación del método de estimación indirecta.

    La aplicación de este método se puede dar por falta de presentación de declaraciones o por presentación de declaraciones incompletas o inexactas; resistencia, obstrucción, excusa o negativa a la actuación inspectora; incumplimiento sustancial de las obligaciones contables o registrales, y desaparición o destrucción, aun por causa de fuerza mayor, de los libros y registros contables o de los justificantes de las operaciones anotadas en los mismos.


  2. Por incumplir la obligación de confección y conservación de un sistema de información de imputación de bienes y servicios utilizados.


  3. En caso de encontrarse una sociedad en situación de concurso o en proceso de liquidación, aún cuando el resto de entidades del grupo continúen con la aplicación del régimen general.

Comentarios



¿A quién se aplica el régimen especial del grupo de entidades?

Legislación



Art.163.septies Ley 37/1992 LIVA.
Art.61.quinquies RD 1624/1992 RIVA.
Art.61.sexies RD 1624/1992 RIVA.
Art.53 Ley 58/2003 LGT. Método de Estimación Indirecta.

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