Requisitos Formales de la Deducción de Cuotas de IVA
Como requisito formal de la deducción es necesario que el empresario o profesional que desea ejercitarla se encuentre en posesión del documento justificativo que da derecho a ello, generalmente la factura. De forma detallada, se consideran justificantes del derecho a la deducción:- La factura original expedida por quien realice la entrega o preste el servicio, o en su nombre y por su cuenta, por su cliente o por un tercero.
- En las adquisiciones intracomunitarias, la factura original expedida por quien realice la entrega que dé lugar la adquisición intracomunitaria.
- En el caso de importaciones, el documento en el que conste la liquidación practicada por la Administración.
- En los casos de inversión del sujeto pasivo, la factura original o el justificante contable de la operación expedido por quien realice la entrega de bienes o la prestación de servicios.
- En las adquisiciones a sujetos pasivos acogidos al régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, el recibo original firmado por el titular de la explotación agrícola, forestal, ganadera o pesquera.
Comentarios
Requisitos subjetivos en la deducción de cuotas de IVA soportado.Rectificación de cuotas deducidas.Deducción proporcional del IVA soportado por suministros de un inmueble parcialmente afecto a la actividad.Legislación
Art. 97 Ley 37/1992 LIVA. Requisitos formales de la deducción.Jurisprudencia y Doctrina
TEAC. Resolución 03393/2013. 22/09/2015. Carga de la prueba del destino de los bienes adquiridos.TEAC. Resolución 05371/2013. 22/01/2015. Facturas y documentos sustitutivos como requisito de deducibilidadSiguiente: ¿Cómo y cuándo efectuar la deducción de las cuotas de IVA soportado?
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