Disposición Transitoria 8ª Ley 37/1992, Impuesto sobre el Valor Añadido, IVA

Normativa
Ley 37/1992, del 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA OCTAVA. Renuncias y opciones en los regímenes especiales.




    Las renuncias y opciones previstas en los regímenes  especiales que se hayan efectuado con anterioridad a la  entrada en vigor de la presente Ley agotarán sus efectos  conforme a la normativa a cuyo amparo se realizaron.

Comentarios



- Renuncia R.E.de Bienes usados.
- Renuncia al R.E.Agricultura,pesca,ganadería.

Legislación



- Indice de la Ley 37/1992 del IVA


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