Disposición transitoria sexta. Procedimiento para la aplicación de la exención de las entregas de bienes en régimen de viajeros durante el ejercicio 2018.
Durante el ejercicio 2018 podrá utilizarse la factura en lugar del documento electrónico de reembolso al que refieren la letra B) del número 2.º del apartado 1 del artículo 9, en el procedimiento para la aplicación de la exención de las entregas de bienes en régimen de viajeros.NOTA: Redacción dada por RD 1075/2017, de 29 de diciembre.Legislación
- Art. 9 RD 1624/1992 RIVA. Exenciones relativas a las exportaciones.Siguiente: Operaciones financieras no exentas de IVA.
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