DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Modificaciones por Ley de Presupuestos.
Mediante Ley de Presupuestos podrán efectuarse las siguientes modificaciones de las normas reguladoras del Impuesto sobre el Valor Añadido: 1.ª Determinación de los tipos del impuesto y del recargo de equivalencia. 2.ª Los límites cuantitativos y porcentajes fijos establecidos en la Ley. 3.ª Las exenciones del Impuesto. 4.ª Los aspectos procedimentales y de gestión del Impuesto regulados en esta Ley. 5.ª Las demás adaptaciones que vengan exigidas por las normas de armonización fiscal aprobadas en la Comunidad Económica Europea.Legislación
- Indice de la Ley 37/1992 del IVASiguiente: Disposición Final 2ª Ley 37/1992, Impuesto sobre el Valor Añadido, IVA
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