DISPOSICIÓN DEROGATORIA SEGUNDA. Disposiciones que continuarán en vigor.
Seguirán en vigor las siguientes normas: 1.ª Las disposiciones relativas al Impuesto sobre el Valor Añadido contenidas en la Ley 6/1987, de 14 de mayo, sobre dotaciones presupuestarias para inversiones y sostenimiento de las Fuerzas Armadas. 2.ª Las normas reglamentarias del Impuesto sobre el Valor Añadido creado por la Ley 30/1985, de 2 de agosto, en cuanto no se opongan a los preceptos de esta Ley o a las normas que la desarrollan.Legislación
- Indice de la Ley 37/1992 del IVASiguiente: Disposición Final 1ª Ley 37/1992, Impuesto sobre el Valor Añadido, IVA
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