Disposición Derogatoria 1ª Ley 37/1992, Impuesto sobre el Valor Añadido, IVA

Normativa
Ley 37/1992, del 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA PRIMERA. Disposiciones que se derogan.




    A la entrada en vigor de esta Ley, quedarán derogadas  las disposiciones que a continuación se relacionan, sin  perjuicio del derecho de la Administración a exigir las  deudas tributarias devengadas con anterioridad a aquella  fecha o del reconocimiento de aquellos derechos exigibles  conforme a las mismas:

    1.ª La Ley 30/1985, de 2 de agosto, del Impuesto sobre  el Valor Añadido.

    2.ª La disposición adicional tercera de la Ley 22/1987,de  11 de noviembre, de Propiedad Intelectual.

Legislación



- Indice de la Ley 37/1992 del IVA

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