Regularización de deducciones por bienes de inversión. Procedimiento y caso práctico.

Regularización de Deducciones por Bienes de Inversión


    La regularización de bienes de inversión obedece a que en los casos de prorrata puede existir un cierto aprovechamiento de la Ley ya que no es lo mismo efectuar la compra del bien de inversión cuando la prorrata es del 25% que cuando ésta es del 75%. Cómo se puede deducir, en este último caso nos podríamos aprovechar de una deducción mayor en las cuotas de IVA soportado por tal adquisición.

Obligación de Declarar

Estas regularizaciones se deben reflejar en la casilla 43 del modelo 303 correspondiente al último periodo del año, con el signo que corresponda.
    Así, las cuotas soportadas en bienes de inversión deben regularizarse durante los 4 años naturales siguientes  a aquél en que se adquieran o entren en funcionamiento si este momento es posterior a la adquisición. En el caso de terrenos o edificaciones este periodo de regularización se incrementa a 9 años.

    Si bien, esta regularización sólo se llevará a cabo si entre el porcentaje de deducción definitivo de cada uno de los años del período de regularización y el que se utilizó el año en que se soportó la repercusión existe una diferencia superior a 10 puntos.

    Por otro lado, en el caso de pérdida o inutilización de los bienes de inversión por causa no imputable al sujeto pasivo (debidamente justificada) no procederá realizar regularización alguna.

    

PROCEDIMIENTO PARA PRACTICAR LA REGULARIZACIÓN:



    Para realizar la regularización de las deducciones por bienes de inversión se procederá de la siguiente forma:

  1. Una vez conocido el porcentaje de deducción definivo correspondiente al año en cuestión, se calcula la deducción que procedería de haberse soportado la repercusión de las cuotas en este año.

  2. Al importe obtenido se restará la deducción efectuada en el momento de la compra del bien.

  3. La diferencia positiva o negativa se dividirá por 5 (o 10 si se trata de terrenos o edificaciones) y el cociente resultante es la cuantía de la deducción o ingreso complementario a efectuar.



En resumen:

Regularización = Deducción año regularización - Deducción año de adquisición5 ó 10 x 100


    Sólo dividiremos por 10 en caso de terrenos o edificaciones.

    El resultado se consignará en la casilla 43 del modelo 303 de autoliquidación, o en la casilla 56 si estamos en el régimen simplificado del impuesto.


Estos ingresos y deducciones complementarios se realizarán en la última autoliquidación del ejercicio.

Regularización de deducciones por bienes de inversión.

La empresa RCRCR adquirió en el año X los siguientes bienes de inversión:
  1. Una nave industrial por 200.000 euros, más 42.000 euros de IVA.
  2. Una máquina por 50.000 euros, más 10.500 euros de IVA
    La prorrata en el año X fue del 50%. Calcular la regularización de las deducciones por bienes de inversión para las siguientes opciones:

Solución

  1. La prorrata del año X+1 es del 43%.

    No hay que practicar regularización alguna ya que el porcentaje de deducción aplicable el año de la repercusión y el aplicable el año de la regularización difieren en menos de 10 puntos porcentuales (50% - 43% = 7%).
  2. La prorrata del año X+1 es del 72%.

    Hay que regularizar ya que entre el porcentaje de deducción aplicable el año de la repercusión y el aplicable el año de la regularización existe una diferencia superior a los 10 puntos porcentuales (50% - 72% = 22%).

    Por la nave industrial:IVA deducible este año:        42.000 x 72% = 30.240 euros
    IVA deducible año de compra:   42.000 x 50% = 21.000 euros
                                               ----------------
    Diferencia:                                    9.240 euros
    Regularización:                  9.240 / 10 =    924 euros

    Por la máquina:IVA deducible este año:        10.500 x 72% =  7.560 euros
    IVA deducible año de compra:   10.500 x 50% =  5.250 euros
                                               ----------------
    Diferencia:                                    2.310 euros
    Regularización:                   2.310 / 5 =    462 euros

    TOTAL REGULARIZACIÓN: 924 + 462 = 1.386 Euros de deducción complementaria.

    Esta cantidad se consignará en la casilla "Regularización bienes de inversión" como una mayor deducción.
  3. La prorrata del año X+1 es del 35%.

    Hay que regularizar ya que entre el porcentaje de deducción aplicable el año de la repercusión y el aplicable el año de la regularización existe una diferencia superior a los 10 puntos porcentuales (50% - 35% = 15%)

    Por la nave industrial:IVA deducible este año:        42.000 x 35% = 14.740 euros
    IVA deducible año de compra:   42.000 x 50% = 21.000 euros
                                               ----------------
    Diferencia:                                  - 6,300 euros
    Regularización:                - 6.300 / 10 =  - 630 euros

    Por la máquina:IVA deducible este año:        10.500 x 35% =   3.675 euros
    IVA deducible año de compra:   10.500 x 50% =   5.250 euros
                                               -----------------
    Diferencia:                                   - 1.575 euros
    Regularización:                 - 1.575 / 5 =   - 315 euros

    TOTAL REGULARIZACIÓN: 630 + 315 = 945 Euros de ingreso complementario.

    Esta cantidad se consignará precedida del signo menos en la casilla "Regularización bienes de inversión" como una menor deducción.
    De igual forma habría que proceder en los tres años siguientes para la maquinaria y en los ocho años siguientes para la edificación según la variación del porcentaje de prorrata para cada año.


Comentarios



- Concepto de bienes de inversión.
- Entrega de bienes de inversión durante el periodo de regularización.
- Regularización de bienes de inversión adquiridos con anterioridad al inicio de la actividad.
- Caso práctico de contabilidad sobre la regularizacion de bienes de inversión.

Legislación



- Art. 107 Ley 37/1992 LIVA. Regularización de deducciones por bienes de inversión.
- Art. 109 Ley 37/1992 LIVA. Procedimiento para practicar la regularización de deducciones por bienes de inversión.  

Jurisprudencia y Doctrina



- Consulta Vinculante V2531/2012. Regularización de deducciones por adquisición y transmisión de inmuebles.
- Consulta Vinculante V0667/2010. Compra de vivienda de obra nueva para arrendamiento.

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