MODELO 362. SOLICITUD DE REEMBOLSO EN EL MARCO DE RELACIONES DIPLOMÁTICAS, CONSULARES Y DE ORGANISMOS INTERNACIONALES
¿QUIÉN ESTÁ OBLIGADO A PRESENTAR EL MODELO 362?
Realmente no será una obligación, sino un derecho que tendrá la Misión diplomática, la Oficina consular, el Organismo Internacional, el Miembro del Cuerpo Diplomático o Funcionario Consular de carrera o el miembro con estatuto diplomático del Organismo Internacional con sede u oficina en España, que deseen recuperar las cuotas de IVA soportadasPLAZOS DE PRESENTACIÓN
Las solicitudes se refieren a las cuotas soportadas durante cada trimestre natural. Por consiguiente, la solicitud será única por cada período. La solicitud se presentará en el plazo de los seis meses siguientes a la terminación del período a que corresponda.MODELO DE DECLARACIÓN (362)
Puede ver un borrador (no válido para su presentación) del MODELO_362_IVA para de esta forma saber que apartados son los que en su caso debería cumplimentar a los efectos del hecho que pretenda solicitar.Comentarios
- Infracciones y sanciones por obtener indebidamente devoluciones.- Infracciones y sanciones por solicitar indebidamente devoluciones.Legislación
- ORDEN de 24 de mayo de 2001 Límites de las franquicias y exenciones en régimen diplomáticoQueda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.