Cuotas de las Seguridad Social y Tributos municipales. Imputación en la declaración anual de operaciones con terceras personas, modelo 347.

Modelo 347: Autoconsumos Internos.



Las cuotas de la Seguridad Social satisfechas por régimen general, tanto de la empresa como de los trabajadores (Recibo de Liquidación de Cotizaciones) y los tributos municipales de recaudación municipal (IBI, IAE, etc.) no deben incluirse en el modelo 347 por no tratarse de entregas de bienes y prestaciones de servicios y, por ello, no tener la consideración de operaciones a efectos de lo dispuesto en el RD. 1065/2007.

Legislación



Art. 31 RD 1065/2007 Reglamento PGI. Obligados a suministrar información sobre operaciones con 3ºs.

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