CORRECCIÓN DE AUTOLIQUIDACIONES POSTERIORES. MODELO 303
Tal y como se expresa en la Dirección General de Tributos, a través de la Consulta Vinculante V3053-20, del 13 de Octubre de 2020:Ejemplo
Solución
Escenario A.El sujeto pasivo del impuesto habrá sufrido una regularización de 2.100 Euros para el 3er Trimestre de 2018 no quedando afectadas las liquidaciones del impuesto presentadas posteriormente pues la liquidación presentada resultó "a pagar", si bien por una cuantía inferior a la estimada por la AEAT, ahora regularizada. No requiere ninguna otra modificación. Escenario B.Si bien la AEAT regulariza la situación de Supercontable.com en el 3er Trimestre de 2018, de la presentación realizada por ésta se obtenían 500 Euros a compensar en futuras liquidaciones que fueron aplicadas en el 4º Trimestre de 2019; ahora bien, si la declaración hubiera sido presentada en los términos liquidados por la Administración, hubiera correspondido una cantidad a pagar de 1.600 Euros.Consecuentemente, se deberá presentar una declaración complementaria del Modelo 303 de IVA del 4º Trimestre e ingresar las cantidades compensadas indebidamente, es decir, 500 Euros, además de los recargos e intereses de demora que correspondan. Todo ello si la Administración no regulariza directamente todo el ejercicio. Escenario C.Una vez conocemos que la AEAT regulariza el 3er Trimestre de 2018, disminuyendo el IVA deducible en 2.100 Euros, podríamos ejemplificar lo que deberían haber sido las autoliquidaciones siguientes de haber seguido el criterio de la AEAT.3T-2018: Devengado (4.800), Deducible (4.200), Cuotas a compensar (0), Resultado liquidación (600).4T-2018: Devengado (6.000), Deducible (5.500), Cuotas a compensar (0), Resultado liquidación (500).1T-2019: Devengado (10.000), Deducible (8.300), Cuotas compensar (0), Resultado liquidación (1.700).2T-2019: Devengado (6.000), Deducible (7.100), Cuota compensar (0), Resul. liquidación (-1.100). De esta forma tendríamos:3T-2018: Regularizado por la AEAT.4T-2018: Supercontable.com debería presentar declaración complementaria de este trimestre ingresando la cantidad de 500 Euros más recargos e intereses que correspondan.1T-2019: Supercontable.com debería presentar declaración complementaria de este trimestre ingresando la cantidad de 1.000 Euros más recargos e intereses que correspondan.2T-2019: No requiere modificaciones.Todo ello si la Administración NO regulariza directamente todas las autoliquidaciones afectadas.Jurisprudencia y Doctrina
Consulta Vinculante 3053-20. Trámites para modificar cantidad en declaración de años posteriores.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.