Ventas a distancia de bienes importados de países o territorios terceros

Ventas a distancia de bienes importados de países o territorios terceros



    Hablamos de las entregas de bienes que hayan sido expedidos o transportados por el proveedor a partir de un país o territorio tercero con destino a destinatarios que actúen o tengan la condición de consumidores finales establecidos en un Estado miembro. Estas operaciones son independientes de la importación que realiza el destinatario de los bienes importados. Los bienes deberán ser distintos de medios de transporte nuevos o bienes objeto de instalación y montaje.

    Desde el 1 de julio de 2021, en los envíos cuyo valor intrínseco no exceda de 150 euros, a excepción de los productos objeto de impuestos especiales, se da la opción de acogerse a un régimen especial de ventanilla única (régimen de importación) para declarar en una única declaración-liquidación mensual (Modelo 369) presentada por vía electrónica ante la Administración tributaria del Estado miembro de identificación el IVA devengado por todas las importaciones de este tipo efectuadas en la Unión Europea. El alta en este régimen especial puede hacerse a través del Modelo 035 directamente por el declarante o por un intermediario.

    En caso de no optar por este régimen especial se establece para este tipo de importaciones (envíos desde países terceros por un importe que no supera los 150 euros con destino a consumidores finales en la UE) la posibilidad de acogerse a una modadalidad especial para la declaración y el pago del IVA sobre las importaciones que permite a la persona encargada de despachar la mercancía en la Aduana (transportista, transitario o agente de Aduanas) declarar de forma agrupada el IVA correspondiente a estas importaciones de forma mensual hasta el día 16 del segundo mes siguiente al mes de importación.

Comentarios



- Régimen especial de importación.
- Modalidad especial de declaración y pago del IVA sobre importaciones.

Formularios



- Modelo 035. Registro censal de los regímenes especiales de ventanilla única del IVA.
- Modelo 369. Declaración de IVA de los regímenes especiales de ventanilla única (One Stop Shop - OSS)

Legislación



- Art.8 Ley 37/1992 LIVA. Concepto de entrega de bienes.
- Art.163.quinvicies Ley 37/1992 LIVA. Ámbito de aplicación.

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