BASE IMPONIBLE, IVA Y RETENCIÓN EN FACTURAS DE ARRENDAMIENTO.
Si el arrendamiento de un inmueble se destina a local de negocio y, por tanto, al menos una de las partes del contrato es un empresario o profesional dentro del marco de su actividad, la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), impone el devengo de este tributo al efectuarse el pago de la renta. A este respecto nos interesa remarcar dos cuestiones absolutamente diferencias que tienen una incidencia directa en la elaboración de una factura de Arrendamiento de local de negocio y, que como podemos observar se encuentran fundamentadas en consultas de la propia Dirección General de Tributos (DGT):- Consulta V0542-18 DGT.- La base imponible del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en los arrendamientos de inmuebles estará constituida por el importe total de la contraprestación del referido servicio, incluyéndose en dicho concepto no solamente el importe de la renta, sino también las cantidades asimiladas a la renta y cualquier crédito efectivo del arrendador frente al arrendatario derivado de la prestación arrendaticia y de otras accesorias a la misma, como los gastos de agua, electricidad, basura, contribuciones especiales, obras y mejoras, comunidad de propietarios, y el importe del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, según la legislación aplicable o las cláusulas contractuales, se repercutan por el arrendador al arrendatario.
- Consulta V1866-18 DGT.- La retención sobre los rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles no opera solamente sobre el concepto "renta", sino también sobre todos los gastos que el arrendador repercuta al arrendatario, como ocurre en este caso con los consumos de agua y de luz, así como con los gastos generales repercutidos.
FACTURA | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Emisor Super Contable S.A. C/ Debe Haber s/n 00000 Limbo (Cielo Contable) CIF - A28000000 | Cliente EMPRESA EJEMPLO S.A. Nº Cliente: 69 C/ Dirección S/N 00000 MADRID CIF - A00000000 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Nº Factura | Fecha expedición | Fecha de operación | Ref. Albarán | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
A 07/2018 | 01/07/2018 |
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Observaciones | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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TOTAL FACTURA | 2.244,00 Eur. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Comentarios
El IVA en los arrendamientos.Retenciones en el caso de alquiler de vivienda.Jurisprudencia
Consulta DGT V0542-18. Base imponible del IVA en arrendamientos.Consulta DGT V1866-18. Base sujeta a retención en facturas de arrendamientos.Consulta DGT V3012-18. Sujeción al IVA por arrendamiento de local.En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
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